¿Sabes adelantar de forma correcta a los ciclistas? 

La reforma de la Ley de Tráfico sigue avanzando y prevé la revisión de multas e infracciones, que se han incorporado a última hora, como sancionar con 6 puntos del carné al conductor que no respete la separación lateral al adelantar a los ciclistas.

Una novedad importante, que ha sido propiciada en las enmiendas presentadas en el proceso de ratificación en el Senado y que no es más que un paso adelante, a la espera de nuevas reformas, que se llevarán a cabo en los próximos años con el objetivo de proteger a los colectivos que la Dirección General de Tráfico considera vulnerables, como peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal.

¿Cómo debemos adelantar a los ciclistas a partir de ahora?

La norma más básica y más importante que rige a la hora de adelantar a los ciclistas es la de mantener una distancia de seguridad lateral de al menos 1,5 metros. Pero eso no es todo. De manera que es importante que recordemos las normas que rigen en los adelantamientos a ciclistas ¿Qué tiene que hacer el conductor?

  • Ha de guardar una distancia de seguridad lateral de al menos 1,5 m.
  • Debe ocupar parcial o totalmente el carril contiguo o contrario.
  • Puede rebasar la línea continua, siempre y cuando exista visibilidad suficiente, no se aproxime un vehículo en sentido contrario, ni se ponga en peligro a ciclistas que se aproximen en sentido contrario por el arcén.
  • No debe adelantar a ciclistas o a otros vehículos de motor ocupando el carril contrario si se aproximan otros ciclistas en sentido contrario, poniéndolos en peligro o entorpeciéndolos.

Como novedad en esta reforma y según el texto que el Senado remitirá al Congreso, se incorpora la siguiente norma, en el apartado 4 del artículo 35 de la Ley sobre Tráfico: cuando la calzada cuente con más de un carril por sentido será obligatorio el cambio completo de carril.

¿Cuál será la sanción por adelantar incorrectamente a ciclistas?

Hasta ahora, el anexo II de la Ley sobre Tráfico preveía la retirada de 4 puntos del carné por “adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas”. La reforma había previsto revisar este apartado, para incorporar la separación lateral establecida para los adelantamientos y quedando redactado como sigue:

Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.

Al prosperar la enmienda que comentábamos, la revisión del anexo II que establece las infracciones que están sancionadas con la detracción de puntos del carné, esta infracción estará sancionada con la retirada de 6 puntos.

¿Cuándo se aprobará esta reforma de la DGT?

Aunque llevemos mucho tiempo hablando de esta reforma, desde que fuera presentada y anunciada en Consejo de Ministros, ésta aún no ha sido aprobada. En cualquier caso, este largo procedimiento legislativo, está a punto de concluir.

El Senado aprobó el pasado 16 de noviembre en la Comisión Interior un primer texto de la reformada Ley sobre Tráfico. Ese texto está revisándose en la Cámara Alta y, tras la aprobación de algunas de las enmiendas presentadas —incluida esta que comentamos— y que fueron votadas en sesión plenaria el 17 de noviembre, la reforma aún ha de ratificarse por la Comisión de Interior del Congreso, para posteriormente ser publicada en el BOE y entrar en vigor, previsiblemente, al día siguiente de su publicación.

Conduzcas el vehículo que conduzcas, lo importante es ser un buen conductor: respetuoso con las normas y con el cuidado de su vehículo.

Fuente: eurotaller.com